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Qué aspectos legales son necesarios en un emprendimiento
Considerar lo necesario desde un principio, ahorrará muchos problemas y
preocupaciones cuando la marcha del negocio esté en curso.
Habitualmente la organización legal de cualquier emprendimiento, no es un
tema que preocupe a quien o quienes están ansiosos por dar comienzo a la
realización y lanzamiento de su idea. Desde el más pequeño de los
negocios, hasta aquellas proyectos con grandes aspiraciones, deberán contar
con la intervención y colaboración de más de un ser humano, y para ello
es indispensable prever todas y cada una de las consecuencias legales.
Para iniciar un emprendimiento se necesita:
- Un proyecto
- Un lugar
- Algún recurso económico (no siempre dinero)
- Personas que dediquen su tiempo, energía y capacidades
Proyecto: Si la idea es original, o intenta desarrollar un invento, será
conveniente registrarlo en Propiedad Intelectual o Patentes y Marcas. El trámite
no es complicado, y no es caro. Y queda así protegido de los siempre listos
imitadores.
Lugar:
El espacio donde se va a trabajar puede ser propio, prestado o
alquilado. En cualquier caso, es sumamente importante quién se hará cargo
de su valor. Para ello habrá que firmar un pequeño documento, que dependerá
de cada caso: Si fuera propio, es aconsejable otorgarle un valor mensual,
para calcularlo entre los costos y para asignar el precio del aporte de su
dueño. Si fuere de terceros, y se facilite gratuitamente su uso, es
importantísimo firmar un convenio de comodato, para poder conocer con
exactitud las condiciones del préstamo y el tiempo con que se contará con
el lugar. Por último si se optare por alquilar, aunque la relación con su
propietario fuera amistosa, siempre hay que firmar un contrato, donde quedarán
claras las condiciones, plazos, precios, obligaciones de cada parte. Tema
aparte merecerá la consideración de las garantías que se aporten.
Recursos económicos: El capital de toda empresa, puede ser dinero o bien la
entrega de bienes, en uso o propiedad, como: máquinas, materias primas,
licencias, etc. Y por supuesto el capital dinerario propiamente dicho
indispensable para el giro de la actividad. En ambos casos, es indispensable
establecer y volcar en algún documento, si estos recursos son dados como préstamo
(es decir, que quien los entrega exigirá su devolución y alguna ganancia);
o bien si son aportados al patrimonio del emprendimiento, seguirán entonces
la suerte de la empresa, sin derecho a reintegro, salvo ganancias.
Recursos humanos: Cuando la empresa es unipersonal, el dueño debe prever en
qué calidad se vinculará con sus colaboradores: relación de dependencia,
presupuestos por trabajos externos, convenios de distribución, etc. etc. Si
los participantes son socios, deberían firmar un acuerdo o estatuto social,
optando por alguna de las formas de sociedades comerciales, a fin de regular
sus obligaciones, manejo de la sociedad, comportamiento para su crecimiento
o disolución.
Según las formas de trabajo que se adopten para cada EMPRENDIMIENTO serán
las consecuencias jurídicas (o legales), que podremos ir viendo en otros
artículos...
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